Sala de Prensa

07/09/2016

El Grupo Vasco pide suprimir la prisión permanente revisable del Código Penal por considerarla “irresponsable” e “inconstitucional”

En una Proposición de Ley, EAJ-PNV propone eliminar toda referencia a esta pena por “no hallarse justificada desde razones de política criminal” y porque “atenta contra la dignidad de los seres humanos y contra la prohibición de penas inhumanas y tratos crueles y degradantes”

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El Grupo Vasco pide suprimir la prisión permanente revisable del Código Penal por considerarla “irresponsable” e “inconstitucional”

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Como ya hiciera en la pasada Legislatura, el Grupo Parlamentario Vasco EAJ-PNV ha registrado una Proposición de Ley en la que solicita la supresión de la prisión permanente revisable del Código Penal por considerarla “irresponsable” e “inconstitucional”.

En el escrito presentado, el Grupo Vasco asegura que la incorporación al Código Penal de la prisión permanente revisable es “una de las decisiones político-criminales más importantes desde el restablecimiento de un sistema jurídico político de libertades en el año 1978” y añade que, sin embargo, “no está justificada desde razones de política criminal y vulnera claramente los elementos nucleares de los principios constitucionales referidos al ordenamiento penal: el principio de legalidad y el mandato de resocialización”, ambos contenidos en el artículo 25 de la Constitución Española.

En este mismo sentido, EAJ-PNV considera que la incorporación de esta pena, que encubre la pena de prisión de por vida o prisión perpetua, “persigue únicamente una función retributiva y vengativa de la pena” en aras a una “supuesta mayor seguridad ciudadana” y “niega el sistema de derechos y valores de la Constitución”. En concreto, además del citado artículo 25 de la CE, “atenta contra la dignidad de los seres humanos (art.10 CE) y contra la prohibición de penas inhumanas y tratos crueles y degradantes (art.15 CE)”.

Por último, EAJ-PNV considera que “existen posibilidades de error judicial que sería irreparable” y afirma que la incorporación de esta pena al Código Penal “rompe peligrosamente con uno de los consensos constitucionales de 1978 de no establecer la cadena perpetua”.

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